jueves, 1 de octubre de 2015

Escuelas de Reingreso


Escuelas de Reingreso



Las Escuelas de Reingreso, EdR, surgieron a partir del año 2004 en el marco del Programa Deserción Cero del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, buscando alcanzar la meta de la obligatoriedad del nivel declarada por ley en el año 2002 en esta jurisdicción (Ley 898, CABA).
Se trata de un formato que difiere significativamente de la propuesta que ofrece la escuela secundaria tradicional, destinado a la población cuya edad se encuentra entre 16 y 20 años, con algún paso por el nivel secundario, que no asiste a la escuela desde un año atrás o más, o que asiste en forma intermitente (Briscioli, 2008).
Las innovaciones en el diseño de esta propuesta se concentran en tres aspectos: el plan de estudios, el régimen académico y el modelo organizacional de la institución. Podemos mencionar varias rupturas con respecto al formato tradicional: los alumnos pueden diseñar sus trayectos educativos (y por lo tanto cursar y asistir por materia), se incluyen nuevos saberes que responden a sus necesidades y cuentan con un seguimiento personalizado a través de tutorías y apoyo escolar. Entre otras innovaciones se creó el cargo de profesor TP4, que comprende 12 horas cátedra, lo que permite que los docentes conozcan a sus alumnos, se comuniquen con ellos y puedan brindarles respuestas más adecuadas a sus necesidades. La intervención de los asesores pedagógicos, la voluntad y el compromiso de docentes y directivos, la búsqueda de adecuación de las propuestas educativas se visualizan, a través de las voces de diferentes actores, como fundamentales para conseguir que estas escuelas sean un lugar de contención y de aprendizajes  (Krichesky et al.,2007).
La estructura curricular contempla una duración estimada  de cuatro años, y comprende materias anuales y cuatrimestrales distribuidas en cuatro niveles y sujetas a un régimen de correlatividades, aparte de brindar talleres opcionales los días viernes que no constituyen un requisito para la acreditación del plan.  Estos talleres son vivenciados como “un dispositivo privilegiado para fortalecer la relación escuela-comunidad y promover la retención de los jóvenes, así como  un recorrido satisfactorio por el resto de las asignaturas” (Krichesky et al.,2007:46).
Durante un año lectivo el alumno puede cursar y aprobar materias o unidades curriculares de distintos cursos del plan de estudio (siempre que no sean correlativas), reconociéndose las materias aprobadas en años anteriores (los alumnos pueden acreditar las materias aprobadas en otros establecimientos a través de la documentación correspondiente o del desarrollo de pruebas de nivel), abandonando la aprobación “en bloque” de la escuela tradicional. En el momento de decidir la evaluación final de una materia se ponderan más los avances que los alumnos van realizando durante el proceso que las notas parciales que pueda haber tenido durante cada cuatrimestre.
El régimen de asistencia se contabiliza por materias o unidades curriculares en lugar de hacerlo por el día entero, lo que facilita la inclusión de los estudiantes que trabajan. En caso de que un alumno justifique su imposibilidad de cumplir el mínimo de asistencia por materia (80%), algunos directores comentaron experiencias que habilitan la compensación, como trabajos prácticos, asistencia a clases de apoyo o situaciones especiales de evaluación. Dos de los establecimientos que brindan esta propuesta comienzan sus ciclos lectivos en agosto en lugar de hacerlo en marzo para poder así incorporar a aquellos que no se anotaron a tiempo (Baquero et als 2009, Larrondo, 2009, Tiramonti et al. 2007, Krichesky, 2010, Sburlatti y Toscano, 2010; Krichesky et al., 2007)
Para profundizar

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